Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA SOLICITUD DE SUSTITUCION DE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PRIVACION DE LIBERTAD, por una medida cautelar menos gravosa, formulada por la Defensa Privada del ciudadano EDWAR ANTONIO SILVA MADUEÑO, plenamente identificado en actas, a quien se juzga por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y ABUSO SEXUAL DE NIÑA, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de YAIRILIN DEL CARMEN BRACHO LOPEZ, del Estado venezolano, previsto en los artículos 406 ordinales 1° y 2° y el primer aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perfecta concordancia con la agravante del artículo 217 ejusdem; por lo que SE MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVE.....