En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, a la TRANSACCION realizada en fecha 28/04/2017 por la abogado en ejercicio AGUEDA VIRGINIA NARVÁEZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V- 10.198.476, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 192.548, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, de este domicilio y por la SOCIEDAD MERCANTIL SUMMER CUISINE Y SOLO POSTRES C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 03/07/2009, bajo el N° 79, tomo 34-A, representada por la ciudadana ARIANA CAROLINA BUSTILLOS RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 17.096.127, asistida por el abogado en ejercicio DANIEL ESPINOZA CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V- 10.949.595 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.139, de conformidad con lo estab.....