Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
1.-) CON LUGAR la demanda de Desalojo intentada por la ciudadana BEXY TELLES en contra del ciudadano YASER AMIN SALIN PEROZO, planamente identificados en actas.
2.-) Acuerda GARANTIZAR el derecho a la vivienda como derecho humano y fundamental a todos y cada unos de los intervinientes en las condiciones de modo, tiempo y lugar que en la respectiva materia se dicten de acuerdo a la política habitacional de vivienda y hábitat.
3.-) Se condena en costas a la parte demandada, por haber sido vencida en la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.