• PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio por solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suscrito por el abogado JAVIER GONZALEZ LEON, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 148.740, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana JUANA MARIA POLO FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 25.182.898, en beneficio de los niños y/o Adolescentes SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD.-
• Terminada la presente causa; en consecuencia, se ordena el archivo del expediente.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.