...este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERA: SIN LUGAR, la oposición a la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar que ha sido decretada en el presente proceso, formulada por la abogada MARÍA ALEJANDRA MÁRQUEZ, ya identificada, con el carácter de apoderado judicial de la parte co-demandada sociedad mercantil GRUPO NEPTAJOHN, C.A., en los términos antes señalados.
SEGUNDA: Se confirma la medida preventiva decretada en el presente proceso, en fecha 6 de Agosto de 2.010, a fin de garantizar las resultas del mismo.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.