Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la inhibición propuesta por la Profesional del Derecho ERIKA MILENA CARRÓZ, en su carácter de Juez Quinto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa N° 5M-515-10, seguida en contra del acusado RAFAEL SEGUNDO CAMACHO BOSCÁN, por la comisión del delito de Robo Agravado, Porte Ilícito de Arma, Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito y Usurpación de Identidad, en perjuicio de ANTONIO BERMÚDEZ, VÍCTOR MENDOZA Y EL ORDEN PÚBLICO, en base a lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 87 ejusdem.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo y notifíquese al Juez inhibido remitiéndole copia cert.....