PRIMERO: Se Admite totalmente la Acusación presentada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, SEGUNDO: Este Tribunal, acoge la calificación jurídica dada a los hechos por el Ministerio Público, TERCERO: Se admiten todas las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por considerar que las mismas son útiles, pertinentes y necesarias, para el esclarecimiento de los hechos, en el eventual juicio oral y privado que ha de celebrarse en la presente causa,este Tribunal en virtud de haber Admitido la Acusación, le informó al adolescente ( SE OMITE NOMBRE POR ART. 545 LOPNNA), que este es el momento procesal en el cual si lo desea, de manera libre, sin coacción, puede admitir los hechos, expuso: "Admito los hechos. Es todo", CUARTO: Se declara la procedencia de la admisión de hechos realizada por el adolescente ( SE OMITE NOMBRE POR ART. 545 LOPNNA), QUINTO: Se declara penalmente responsable al adolescente ( SE OMITE NOMBRE POR ART. 545 LOPNNA), plenamente identificado en las actas pr.....