PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MILAGROS MORALES, Defensora Pública Décima Séptima Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, en su carácter de Defensora de los acusados EXEQUIEL ENRIQUE TOLEDO HERRERA y OMAR GREGORIO DELGADO LUZARDO, identificados en actas, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido de forma Mixta, de fecha 09 de Enero de 2009, en el juicio seguido a los ciudadanos antes mencionados, por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 ordinales 1°, 2°, 3° y .....