Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, Acuerda UNICAMENTE EL CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD dictadas en fecha 04/04/06, al ciudadano YONATHAN JAVIER PEREZ LUNA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, y el articulo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. "Pacto de San José de Costa Rica", el cual establece que no puede ser restringido de manera permanente el Derecho a la Libertad personal, Regístrese la presente decisión bajo el N° 554-09. Notifíquese a las partes.