En virtud de las razones expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 354 del Código de Procedimiento Civil, dicta sentencia en los siguientes términos:
• PRIMERO: Declara CON LUGAR la Cuestión Previa establecida en el Ordinal 4º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el Ciudadano LEONARDO RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la persona citada como demandado.-
• SEGUNDO: Se suspende el proceso hasta que el demandante subsane el defecto dentro de los cinco días de Despacho siguientes a la presente decisión.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Es.....