Visto el procedimiento por ADMISIÓN DE LOS HECHOS, realizado por los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA de manera libre. Voluntaria y sin coacción alguna, quien aquí decide los CONDENA a cumplir la sanción de SEIS (06) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA Y TRES (03) MESES REGLAS DE SERVICIO A LA COMUNIDAD, de conformidad con el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por la comisión del delito de a quien la titular de la acción penal lo acusó por la comisión del delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE COAUTORIA, en perjuicio de la ciudadana FERREIRO ALFARO VERUSKA. Se ordena su remisión al Tribunal de Ejecución una vez vencido el lapso legal correspondiente.- Se deja expresa constancia que la misma se realizo el día 05 de Abril del presente año, ingresandose el día de hoy por cuanto de la semana 02 al 06, no hubo sistema Juris 2000.-