... este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR las cuestión previa opuesta contenida en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la incompetencia del Juez, por razón de la cuantía, en el presente juicio que por NULIDAD DE VENTA sigue la ciudadana ROSARIO BARAKAT MUÑOZ contra los ciudadanos RAFEJ HORACIO MAKLAD MAKLAD y HAJEM ASSAAD MAKLAD, plenamente identificados.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en la oportunidad legal correspondiente.