Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargados Preventivamente los Derechos Crediticios que pueda tener la empresa demandada SOCIEDAD MERCANTIL OCCIDENTAL MERCANTIL C.A (OCCIMERCA) a su favor en la SOCIEDAD MERCANTIL PETROLERA SINO-VENEZOLANA hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS DIEZ BOLIVARES CON 46/100 CENTIMOS (Bs.281.510,46) suma intimada, e igualmente se le informa al notificado, que una vez que los créditos embargados se encuentren de plazo vencido, los mismos deberán ser remitidos en cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, al expediente Nro. 56.551. Siendo las once de la mañanase da por terminado el presente acto. Terminó, se leyó y conformes firman. Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno se le ent.....