Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, en atención a la Sentencia No. 693/15 de fecha 02/06/2015 dictada por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurada por los ciudadanos CINTHIA PAOLA RIVERA RINCON y RICHARD ALESSANDRO TORRES SANCHEZ, titulares de la cedula de identidad No. V- 23.455.281 y V-20.372.364 respectivamente, de este domicilio, la primera asistida por el profesional del derecho GILBERTO ALVAREZ MORILLO, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 225.989, y el segundo representado por el referido profesional del derecho, en razón de lo anterior, se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimonial que contrajeran .....