IV.- DISPOSITIVA.-
Por los anteriores señalamientos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES (VÍA EJECUTIVA) incoada por la ciudadana MARIELA JOSEFINA OVANDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.397.449, actuando en su carácter de Administradora del Conjunto Residencial MAIOMAR contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES 2904 C.A.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubo.....