En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus NELIO JOSÉ GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, a las ciudadanas MARITZA MARGARITA RIOS DE GONZÁLEZ, CRISTAL MARGARITA GONZÁLEZ RIOS Y CRISBEL DEL MAR GONZÁLEZ RIOS, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-3.507.337, V-17.460.140 y V-18.285.547, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Expídanse dos (02) copias certificadas de la solicitud a los fines de ser entregadas al solicitante. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa su certificación, a los fines de que repose en el archivo del Tribunal copia certificada de la solicitu.....