En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por la ciudadana MARÍA TERESA MOTA ROJAS en contra del ciudadano NELSON ANTONIO PEREZ SUAREZ, con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, relacionada con el abandono voluntario.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la demanda en lo que respecta a la causal tercera del artículo 185 del Código Civil relacionada con los excesos, sevicias e injurias graves que hacen imposible la vida en común.
TERCERO: DISUELTO como consecuencia de la anterior declaratoria el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 10.6.1988 por ante la Prefectura del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, inserta bajo el Nro.79, vuelto del .....