DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en Sala Accidental, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio OSCAR ENRIQUE BRITO ECHETO, actuando como defensor del joven adulto (se omite la identificación de conformidad con lo previsto en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 07 de agosto de 2008, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Todo ello, conforme lo establece el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia certificada en archivo.
LA JUEZA PRESIDENTA,
DRA. MINERVA GONZÁLEZ DE GOW
Ponente
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