ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se admite la acusación presentada por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico en contra de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de AMENAZAS, previsto en el ultimo aparte del artículo 175 del Código Penal vigente, así como las pruebas ofrecidas por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público. SEGUNDO: En cuanto a la Medida Cautelar a los fines de asegurar la comparecencia del adolescente a los demás actos del presente proceso, se MANTIENE la medida cautelar, que pesa sobre la referida adolescente, prevista en el literal F del articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, impuesta por este Tribunal de Control Nº 1, el día 11-11-2008, co.....