Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara la presente ACLARATORIA como parte integral de la sentencia definitivamente firme dictada en fecha Veintidós (22) de julio del año 2010, cursante del folio 82 al 86 de la pieza principal. Así mismo se acuerda expedir a la parte interesada Tres (03) juegos de copias certificadas