III. Decisión:
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PIMERO: CONFESO al ciudadano HELI SAUL ROMAY OSORIO, antes identificado y demandado en el presente proceso.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL interpusiera la Sociedad Mercantil INVERSIONES LH, C.A., a través de su apoderada judicial abogada CIBEL GUTIERREZ LUDOVIC, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 28.475, según se evidencia de última reforma que consta en Acta de Asamblea General inscrita en fecha veintisiete (27) de abril de 2016 balo el No. 47, Tomo 18-A-RM1, en contra del ciudadano HELI SAUL ROMAY OSORIO, antes identificado, respecto a dos (02) locales comerciales, ubicados en la Calle 90, Sector Veritas, Parroquia Bolívar de la Ciudad y Municipio Maraca.....