Se registra y publica SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de pronunciarse sobre el desistimiento del procedimiento con relación al co-demandadante Juan Ernesto Dávila, identificado en autos. Segundo: Se declara DE OFICIO la nulidad de los autos y acta dictados por éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en las siguientes fechas, cursantes a partir del folio 74 al 78, ambos inclusive, del presente expediente. Notifíquese de la presente decisión a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela.