Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: IMPROCEDENTE el Recurso de Casación, anunciado por el abogado HÉCTOR AMUNDARAY venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.548.489 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 175.856, consignado en fecha Uno (1) de Febrero de 2018, el cual cursa al folio 227 de la presente causa, quien se identificó como apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano ALBERTO JOSÉ RABELO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.337.498 y de este domicilio, en contra de la sentencia dictada por est.....