Por lo antes expuesto y habiéndose aplicado para el cálculo de las prestaciones sociales causadas durante la relación de trabajo y los otros beneficios demandados, el salario señalado por el accionante, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA : CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por los Ciudadanos JUAN LUIS LOAIZA e IVÁN URBANEJA , condenándose a la parte demandada GUARDIANES G Y P, C.A a pagar la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 91/100 (BS. 35.546,91) según la dispositiva de esta sentencia.
Se condena en costas a la parte demandada por haber sido totalmente vencida en el presente proceso.