RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000020. Se declara CON LUGAR la solicitud de examen y revisión de medida, solicitada por la defensa pública a cargo del abogado Marcos Morales, a favor del acusado de autos IDIUVAR IDAL BERMUDEZ y por cuanto a la presente fecha, no han variado las circunstancias que motivaron la medida privativa judicial preventiva de libertad, se NIEGA la sustitución de la medida de coerción personal, al ser esté necesaria para garantizar las resultas del juicio, en consecuencia se acuerda mantener la medida privativa judicial preventiva de libertad, dictada en la persona del acusado por el Tribunal de Control en fecha 08 de junio de 2013; todo de conformidad con lo pautado en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.