Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de ADOPCIÓN PLENA E INDIVIDUAL propuesta por la ciudadana LISNEDITH ALICIA MONTIEL CONTRERAS, para la adopción de su resobrino el ciudadano EMILIO JOSÉ HERNÁNDEZ MONTIEL, ambos ya identificados.