DECISION
Por los fundamentos expuesto este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 267 del Codito de Procedimiento Civil, declara perimida la instancia en el presente Juicio de Reclamación Alimentaría, seguida por la ciudadana MARISOL YOLANDA FLORES MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V-711.300.301, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Catatumbo del Estado Zulia, asistida por el Abogado CARMEN ELENA CAMARILLO DE GONZALEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 34.344, contra el ciudadano VICTOR ANTONIO CARABALLO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, militar activo, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.283.026, domiciliado en la Urbanización Brisas del Macuto, casa No. 43-28, sector Santa Lucia, Valle del Tuy, Estado Miranda.-
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