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Decisiones del dia 04/12/2014

Formato:  Ficha  Lista

Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : OP02-V-2014-000572 N° Sentencia : PJ0392014000626 Fecha: 04/12/2014
Procedimiento:
Homologacion De Instituciones Familiares
Partes:
TITULARES DE LA CÉDULAS DE IDENTIDAD N° V-13.636.779 Y V-6.524.562 RESPECTIVAMENTE
Resumen:
Mediante la presente el padre autoriza el cambio de residencia de su hija identidad omitida, quien se residenciará con la madre en San José de Costa Rica, en la siguiente dirección: Del hotel Indigo de Santa Ana de Lindora, a 400 metros al Sur, Condominio La Estancia, casa 3, Santa Ana de Lindora, San José de Costa Rica, numero de teléfono, 0050670041647, en tal virtud autoriza el padre para que la misma viaje el día 15 de diciembre del año en curso, en compañía de la madre hasta su nuevo lugar de residencia, e igualmente establecemos Régimen de Convivencia Familiar Internacional, a favor de la niña de forma abierta, pudiendo la niña trasladarse a Venezuela durante las vacaciones escolares, decembrinas, de semana santa, carnavales, e igualmente el padre podrá convivir con su hija en la ciudad de San José en el momento que tenga a bien trasladarse a dicho país, de igual forma se establece como obligación de manutención la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3000,00) mensuales, en la cue.....
Juez/Ponente:
Luisana Marcano
Organo:
Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : OP02-V-2014-000534 N° Sentencia : PJ0392014000624 Fecha: 04/12/2014
Procedimiento:
Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes:
YANITZA DEL VALLE MARCANO Y RONALD JOSE VASQUEZ VELASQUEZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD N° V- 18.549.167 Y V-15.423.265 RESPECTIVAMENTE
Resumen:
ambos padres están de acuerdo en que la manutención suministrada por el padre a la niña identidad omitida, se establezca en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) mensuales, depositados por el padre en la cuenta aperturada a tal fin a nombre de la madre, e igualmente el padre aportará una bonificación Navideña por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00) los primeros cinco días del mes de diciembre, así como también asumirá la totalidad de la lista escolar. De igual forma ambos padres asumirán el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de medicina y transporte escolar, e igualmente cancelarán en partes iguales cualquier otro gasto extraordinario, requerido por su hija. las cantidades fijadas en este acto se incrementará de forma automática, voluntaria y proporcional con el aumento que pueda percibir el padre, de conformidad con el artículo 369 de la LOPNNA. Es todo, Pedimos se homologue el presente acuerdo". En consecuencia, esta Jueza Tercera de Mediación y.....
Juez/Ponente:
Luisana Marcano
Organo:
Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : OP02-V-2014-000572 N° Sentencia : PJ0392014000625 Fecha: 04/12/2014
Procedimiento:
Autorización De Viaje
Partes:
DEMANDANTE: MARIA GABRIELA CANEVESE VISO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-13.636.779. DEMANDADA: ARGENIS ENRIQUE SALAZAR MARTINEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO Y TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V-6.524.562.
Resumen:
concede AUTORIZACIÓN AMPLIA Y SUFICIENTE a la niña identidad omitida para que viaje en compañía de madre ciudadana, MARIA GABRIELA CANEVESE VISO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de Identidad N° V-13.636.779, a la ciudad San José de Costa Rica, en fecha 15 de diciembre de 2014 desde el Aeropuerto Internacional de Maiquetia, Venezuela, con destino al Aeropuerto de El Dorado; Bogota, Colombia, vuelo LR 693 de LACSA, y posteriormente a la ciudad de San José de Costa Rica en el vuelo 696 de AVIANCA, donde permanecerá residenciada con la madre en la siguiente dirección: San José de Costa Rica, en la siguiente dirección: Del hotel Indigo de Santa Ana de Lindora, a 400 metros al Sur, Condominio La Estancia, casa 3, Santa Ana de Lindora, San José de Costa Rica, numero de teléfono, 0050670041647. SEGUNDO: La progenitora se compromete a dar cumplimiento al Régimen de Convivencia Internacional fijado ante este Despacho. Así se decide.
Juez/Ponente:
Luisana Marcano
Organo:
Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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N° Expediente : OP02-J-2013-000670 N° Sentencia : PJ0392014000627 Fecha: 04/12/2014
Procedimiento:
Separación De Cuerpos
Partes:
LUIS JOSE LOPEZ VALERIO Y NORKELYS ALEJANDRA LEON GRANADO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NÚMEROS 20.324.505 Y 25.157.829 RESPECTIVAMENTE; ASISTIDOS DE LA ABG. CARMEN ARELIS VALERIO, INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL NÚMERO 76.298
Resumen:
DISPOSITIVA En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos, formulada por los ciudadanos LUIS JOSE LOPEZ VALERIO y NORKELYS ALEJANDRA LEON GRANADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad números 20.324.505 y 25.157.829 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 12 de agosto de 2010 ante el Registro Civil de Boca del Río, del Municipio Península de Macanao del Estado Nueva Esparta. ASI SE DECIDE. No hay condenatoria en costas. Publíquese y Regístrese .....
Juez/Ponente:
Luisana Marcano
Organo:
Tribunales Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
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