éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante FELIX ANTONIO LEAL, antes identificado y DECLARA COMO SUS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos MARITZA COROMOTO SANTELIZ de LEAL, LEYSA MARIFE DEL VALLE LEAL SANTELIZ, YAN MARLON LEAL SANTELIZ, SAYLE FEYMAR DEL PILAR LEAL SANTELIZ, LEYMAR XILEFSA DE LOS ANGELES LEAL SANTELIZ y MARFELY RAMYLEF LEAL SANTELIZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 5.321.315, 13.180.814, 13.674.541, 13.180.815, 16.234.374 y 17.942.718, respectivamente, quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solici.....