DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
LA INADMISIBILIDAD DE LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, por falta de consignación en forma original y escrita de la misma con los recaudos para formar el expediente físico, para la tramitación y sustanciación de la solicitud de partición y liquidación de la comunidad conyugal, interpuesta por la ciudadana JESSICA JOSEFINA ARAQUE DE DI PAOLO, con numeración 3589 (nomenclatura interna de este juzgado).
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve así como en la página zulia.scc.org.ve déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO CUART.....