Se condena al acusado: WILLIAN JOSE ZAMBRANO BALZA,por el procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA SENTENCIA CONDENATORIA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1° y 2° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores; y EXTORSIÓN EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano CRISTÓBAL JOSE GONZALEZ; y lo CONDENA a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO MAS LAS ACCESORIAS DE LEY DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 13 DEL CÓDIGO PENAL, lo cual deberá de cumplir en el Establecimiento penitenciario que le designe el Juez de Ejecución que le corresponderá conocer sobre la presente sentencia condenatoria.