En fuerza de las consideraciones procedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Arismendi Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos MAXYERIS ELOISA ARAQUE CARREÑO y ANGEL GONZALO GUANIPA MONCADA, ya identificados.
SEGUNDO: DISUELTO el vinculo matrimonial que los unía, según consta del acta de matrimonio N° 111, folio 111, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 2013, llevado por el Registro Civil del Municipio Gaspar Marcano del estado Bolivariano de Nueva Esparta, todo conforme con lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con el criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo d.....