Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por facultad que le confiere el artículo 177 de la LOPNA, resuelve:
• CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE, a la ciudadana ELEIDA ROSA DABOIN DE PORRAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-5.764.512, para que en representación legal y en beneficio de los adolescentes JHONATAN JOSE y JOHANA ISABEL PORRAS DABOIN, de trece (13) y doce (12) años de edad respectivamente, reciba en Cheque de Gerencia, a la orden de este Tribunal, la cuota parte que le corresponde a su representado por concepto de Acervo Hereditario como beneficiario del causante NELSON DE JESUS PORRAS ATENCIO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-2.822.043, todo sin perjuicio del cumplimiento a.....