este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara:
De oficio la PERENCIÓN de la instancia y extinguido el proceso que por PRESTACIONES SOCIALES sigue el ciudadano JOSÉ CERRO en contra de GRUPO ECONÓMICO INTEGRADO POR LAS EMPRESAS OBC PUBLICIDAD Y METROPOLIS 103.9 C.A. REGISTRESE, PUBLIQUESE NOTIFIQUESE A LA PARTE DEMANDANTE.
Déjese copia certificada por secretaria del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil; en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 4 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del Artículo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dado, firmado y sellado en la.....