DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE LA MEDIDA OPTADA ( DESTACAMENTO DE TRABAJO ) al Penado ANGEL ODELIN MARRUFO OJEDA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. 3.265.246en razón del pronostico Desfavorable, contenido en el Informe Técnico emitido por el equipo técnico de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario al no encontrarse APTO para la medida optada; y en consecuencia, acuerda oficiar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, Departamento Médico, a los fines de que le brinde 0rientación Psicológica así como en el Control de impulsos y contactar a sus familiares con la idea de crearle conciencia de asumir el rol de contención esperado para integrarse adecuadamente al medio laboral, esencial en su proceso de reinserción a la sociedad. Regíst.....