PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO de la Audiencia de Presentación celebrada en fecha treinta (30) de Julio de dos mil doce (2012), por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la cual se decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256, ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal a la ciudadana LADI ANI ANDRADE DELGADO, por su presunta participación en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE ACTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 322, en concordancia con el artículo 321 del Código Penal vigente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; desestimándose a su favor la imputación fiscal por los delitos de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 3, en concordancia con el artículo 10, ordinales 8° y 11° de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánic.....