En virtud de la declaratoria anterior, esta Corte de Apelaciones ADMITE, el recurso de apelación interpuesto, en fecha 18 de Agosto de 2009, por el ciudadano Abg. Jesús Ramón Villafañe Hernández, venezolano, en su carácter de Defensor Privado del imputado KELVIN ALEXANDER IDROGO, contra la decisión dictada en fecha 12 de Agosto de 2009, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, decretó medida Privativa de Libertad en contra del imputado antes mencionado y así se declara.
Así se declara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.