DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, decreta:
1. Medida Innominada de Prohibición de Innovar el Lote Accionario de la sociedad mercantil PROBUS CENTRO DE DIAGNOSTICO INTEGRAL, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, bajo el No. 24, Tomo -154-A-485, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia.
2. Medida Innominada de Veedor Judicial, sobre la sociedad mercantil PROBUS CENTRO DE DIAGNOSTICO INTEGRAL, C.A., antes identificada, debidamente facultado para las siguientes funciones:
• Solicitar y obtener cuantos documentos, estados de cuenta, movimientos bancarios (de entes nacionales y en el extranjer.....