IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado JESÚS AUGUSTO SARCOS MANZANERO, actuando en su condición de apoderado judicial del BANCO FONDO COMÚN, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra el auto de fecha 04 de julio de 2016, dictado por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA Y NULIDAD DE HIPOTECA, sigue la ciudadana ARACELIS DEL CARMEN PUCHE ABREU contra BERTA ELENA ABREU DE PUCHE, ADELA ROSA ABREU y la ENTIDAD BANCARIA FONDO COMÚN C.A. BANCO UNIVERSAL, todos plenamente identificados. En consecuencia se ordena al Juzgado Cuarto de Municipi.....