este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana GRECYS JOSEFINA ALCALÁ SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.326.100, en contra de la Entidad de Trabajo PASTELITOS LOS MARACUCHOS ORIGINALES, C.A. SEGUNDO: Se condena a la demandada Entidad de Trabajo PASTELITOS LOS MARACUCHOS ORIGINALES, C.A., pagar a la demandante GRECYS JOSEFINA ALCALÁ SALAZAR, la cantidad de CUARENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 40.768,54), más lo que resulte de los intereses de mora e indexación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: Se condena en costas a la demandada por haber resultado totalmente vencida en la presente causa, de.....