este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente acción interpuesta por los abogados KARINA RODRÍGUEZ CALLES Y OSCAR ADOLFO RODRÍGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 63.937 y 5.424, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la empresa POLICLINICA COSTA AZUL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 44-A, tomo 20-A, de fecha 15-08-2003, contra la Providencia Administrativa Nº 1369-11, emanada de la Inspectoria del Trabajo del Estado Nueva Esparta, en fecha 31-08-2011, en el expediente N° 047-2011-01-01042; mediante el la cual ordena el inmediato reenganche del ciudadano ALEXIS JOSÉ GONZÁLE.....