PRIMERO: CON LUGAR la demanda de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES incoada por el abogado ALEJANDRO RODRIGUEZ COSSU en contra del ciudadano STEPHEN NORTON PORTER, ya identificados.
SEGUNDO: Se declara que la parte accionante si tiene derecho a los honorarios profesionales por sus gestiones extrajudiciales, cuyo monto no se determina, en función de que el abogado accionante por intermedio de su apoderada judicial mediante diligencia suscrita en fecha 10.06.2009 manifestó expresa y formalmente que recibió el pago de los honorarios reclamados a su entera satisfacción.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por cuanto el procedimiento de estimación e intimación de honorarios no genera condenatoria en costas en función de que ello generaría una cadena interminable de juicios intimatorios de la misma índole.