DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en sede Constitucional y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional por Intereses Colectivos y Difusos, interpuesta por los ciudadanos ENDIS RAMÓN MENDOZA DELGADO Y OTROS, y en representación de la sociedad civil MUTUO AUXILIO PROFESIONALES DEL VOLANTE LA LIMPIA, plenamente identificada, contra ALEXIS JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-10.427.547, en su condición de Presidente de la sociedad civil MUTUO AUXILIO PROFESIONALES DEL VOLANTE LA LIMPIA.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada de esta sentencia p.....