Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de NULIDAD DE DECLARACIÓN SUCESORAL Y VENTA propuesta por los ciudadanos FREDDY RAMON IBARRA GUEVARA, BLANCA CAROLINA IBARRA GUEVARA Y KARELIA JOSEFINA IBARRA GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, N° V-12.155.503, V-15.323.954 y V-14.010.761, respectivamente y de este domicilio, contra los Ciudadanos MARIA FELIX SUBERO MARTINEZ, MARIA FERNANDA ARMAS SUBERO y YURABI DEL CARMEN ARMAS TORRES(...)