Es por lo que este Tribunal, visto lo señalado en el extracto de la Sentencia antes señalada, así como lo manifestado por la solicitante Mildred Coromoto López Noriega, relativo a la interrupción de la vida en común por un tiempo prolongado sin haber reconciliación alguna entre ella y el ciudadano Luís Alberto Rodríguez Dirinot, ambos anteriormente identificados, y habiéndose cumplido con todas las tramitaciones procesales, considera quien aquí decide que se encuentran configurados los extremos de Ley y en consecuencia resulta procedente declarar el Divorcio solicitado. Y ASÍ DECIDE.
III DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuesta, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por la ciudadana MILDRED COROMOTO LÓPEZ NORIEGA, venezolana, mayor de edad, titular de l.....