Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 18 de abril de 2017, por el profesional del derecho DENNYS ALBERTO GONZÁLEZ VÁSQUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano RONGZAN ZHENG, en contra de la decisión de fecha 03 de abril de 2017, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. En consecuencia se REVOCA la sentencia apelada, debiendo el tribunal supra identificado concederle a la parte demandada el lapso a que se contrae el artículo 652 del código de procedimiento civil.-