Esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos NELSON JOSE BOLIVAR BRITO y MARITZA DEL VALLE CAMPOS CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.268.073 y 24.438.022 respectivamente, asistidos de la abogada en ejercicio MERIS MARCANO, inscrita en el inpreabogado bajo el número 155.289, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 05.08.2004 ante la Primera Autoridad de la Parroquia Sucre del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 10, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese despacho en el referido año.
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