1) SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 15 de mayo de 2006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia (Cabimas). 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cobro de diferencia de prestaciones sociales, salarios caídos, indemnización por incapacidad parcial y permanente y otros conceptos laborales interpuesta por el ciudadano JOSÉ ALBERTO TORRES GARCÍA, frente a la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORES ELÉCTRICOS E INDUSTRIALES C.A. (CEICA), en consecuencia se condena a la demandada a pagar al actor la cantidad de 84 mil bolívares por los conceptos de vacaciones vencidas y ayuda vacacional vencida, especificados en la parte motiva de la decisión, intereses moratorios y corrección monetaria. 3) SE CONFIRMA el fallo apelado con diferente motivación. 4) SE CONDENA EN COSTAS, a la parte demanda.....