DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base a los fundamentos de hecho y derecho plasmados anteriormente, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN incoada por la sociedad mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., originalmente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción del Estado Zulia, en fecha 13 de junio de 1977, bajo el N° 1, tomo 16-A, y luego por cambio de domicilio se inscribió ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del antes denominado Distrito Federal y Estado Miranda el día 19 de septiembre de 1997, bajo el N° 39, tomo 52-A quinto, domiciliada en la ciudad de Caracas del Distrito Capital, en contra de la sociedad de comercio ADMINISTRADORA COMERCIAL E INVERS.....