DISPOSITIVO:
Por las razones antes expuestas este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por accidente de Trabajo y Prestaciones Sociales tiene incoado el ciudadano RAFAEL ANTONIO PAREDES BARAZARTE en contra de la Sociedad Mercantil SUPER TIENDA LATINO CIRCUNVALACIÓN Nº 2.
TERCERO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil SUPER TIENDA LATINO CIRCUNVALACIÓN Nº 2, a cancelar al ciudadano RAFAEL ANTONIO PAREDES BARAZARTE, la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 65.599,64)).
CUARTO: Se ordena el pago de los INTERESES MORATORIOS que sean generados por la condenatoria del daño moral, únicamente en caso de incumplimiento voluntario, éstos serán calculados mediante experticia co.....